Bienvenidos al Programa Formadores de Opinión

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Fundación TESA es una institución no partidista que promueve la interacción entre latinoamericanos y ciudadanos del Medio Oriente respetando la diversidad de opiniones, creencias e historia. El proyecto “Formadores de Opinión” trata de una experiencia de campo que proporciona una comprensión más amplia e integral de la relación histórica entre árabes e israelíes y de los conflictos zonales, así como la situación geopolítica y económica de Turquía y Jordania.

miércoles, 28 de septiembre de 2016

Refugiados: Una prioridad del Programa TESA Medio Oriente 2016

Por Susana Pesis

El 14 de diciembre de 1950 se crea el ACNUR, siglas con que se conoce al Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados.
Para principios de 2016, 66 años más tarde de su creación, la ACNUR informa que 65,3 millones de personas se encuentran desplazadas de sus lugares de origen, de los cuales 21,3 millones  son refugiados.

“Tres países expulsan la mitad de la población refugiada del mundo. Siria, con 4,9 millones de personas; Afganistán, con 2,7 millones y Somalia, con 1,1 millones: en conjunto, más de la mitad de los refugiados que, a nivel mundial, se encuentran bajo el mandato del ACNUR.”

El conflicto en Siria ha desplazado de sus hogares a países vecinos a 4.815.868 personas de los cuales 2,1 millones ha sido acogido por Egipto, Irak, Jordania y Líbano y casi 2 millones han sido denunciados por el gobierno de Turquía[1].



Miles han perdido la vida en el Mar Mediterráneo intentando llegar a Europa desde octubre de 2013, año en que se produjo el primer naufragio y perecieron varios miles de personas. Y este es solo uno de los graves obstáculos, otro no menos grave es el de los traficantes que engañan a los refugiados prometiéndoles un traslado digno a cambio de importantes sumas de dinero para posteriormente abandonarlos a su suerte o secuestrarlos. Algunos consiguen llegar a destino después de una penosa travesía donde los mas vulnerables perecen y se encuentran con vallas y protecciones que les impiden el paso. Los menos son recibidos como refugiados.

Pero no todos los países que dan acogida a los refugiados se encuentran con las mínimas condiciones de acogida, aun cuando Naciones Unidas  destina generosos aportes y donaciones para tal fin.

En el Líbano donde la infraestructura de salud, hospitalaria y centros de prestaciones es frágil la llegada de los refugiados que representaban un 25% de su población ha desequilibrado todas las prestaciones.

“Los hospitales y los centros de atención primaria se han tambaleando bajo el peso de un millón de individuos adicionales que requieren atención de calidad urgente. Pero una mirada más cercana del impacto de la crisis de refugiados revela una realidad menos conocida”[2]

En el marco del MERCOSUR Brasil, Uruguay y Argentina han desarrollado algunos programas de acogida, solo Brasil dio refugio a 2.000 personas.

Argentina acordó recibir 3.000 personas para lo cual comenzó a articular políticas sociales de acogimiento especialmente desarrolladas como la identificación de familiares y relaciones de las víctimas, para instrumentar un ”llamado”, y que estas personas puedan rápidamente integrarse en un ámbito desconocido con diferencias culturales e idiomáticas importantes de las manos de sus relaciones cercanas.

“Los beneficiarios del Programa Siria, tal como dicho régimen especial lo prevé, ingresan al país como residentes temporarios en el marco del artículo 23 inciso m) de la Ley N ° 25.871, no son refugiados reconocidos en los términos de la Convención de 1951 sobre el Estatuto de los Refugiados o la Ley N ° 26.165. Sin perjuicio de ello, conservan el derecho a peticionar el reconocimiento de la condición de refugiado en el país mediante los procedimientos vigentes”. [3]


En la reglamentación de la ley de Migraciones N* 25.871 decreto 616/2010 en su inciso (h) se observa

h) Promover la inserción e integración laboral de los inmigrantes que residan en forma legal para el mejor aprovechamiento de sus capacidades personales y laborales a fin de contribuir al desarrollo económico y social de país[4]
Las políticas de Estado necesarias para la integración laboral de los extranjeros demandan de un período previo de aprendizaje del idioma, comprensión de las costumbres locales y los códigos urbanos, sin este requisito previo se hace imposible instrumentar las herramientas necesarias para la integración laboral, y más aun cuando la demanda laboral es pobre y la falta de calificación es una traba influyente.

j) Promover el orden internacional y la justicia, denegando el ingreso y/o la permanencia en el territorio argentino a personas involucradas en actos reprimidos penalmente por nuestra legislación


En la Reglamentación del artículo N* 22 dice que :  

El extranjero que solicite su residencia permanente deberá acreditar:
a) Ser cónyuge, progenitor o hijo de argentino nativo, naturalizado o
por opción; teniendo en cuenta principios de unidad, sostén y con el
alcance del derecho de reunificación familiar establecido en la legislación pertinente y en el artículo 10 de la presente Reglamentación.
b) Ser cónyuge, progenitor, hijo soltero menor de DIECIOCHO (18)
años no emancipado o mayor con capacidad diferente, de un residente permanente, teniendo en cuenta principios de unidad, sostén y con el alcance del derecho de reunificación familiar establecido en la legislación pertinente y en el artículo 10 de la presente Reglamentación.
c) Tener arraigo por haber gozado de residencia temporaria por DOS (2) años continuos o más, si fuere nacional de los países del MERCADO COMÚN DEL SUR (MERCOSUR) o Estados Asociados y TRES (3) años continuos o más, en los demás casos de que se trate.
d) Haberse desempeñado como funcionario diplomático, consular o
de Organismos Internacionales y haber permanecido en sus funciones en el territorio argentino por el tiempo previsto para cada caso en el inciso anterior.
e) Tener la condición de refugiado y cumplir con alguno de los criterios previstos en los incisos a), b) o c) de este artículo; y el asilado que, cumpliendo con los mencionados criterios, obtuviera la autorización de la autoridad competente en la materia.

En agosto de 2016 el presidente de Argentina Ingeniero Mauricio Macri expreso su voluntad de modificar el Decreto 3915/2014 para involucrar a los gobernadores de las provincias como entidades involucradas en el mecanismo de “llamadas”, invitándolos a que presentaran proyectos  que incluyan programas de empleo y de viviendas.[5]
Desde el punto de vista humanitario esta actitud ha despertado apoyo y simpatía ciudadana, pero más allá de ese espíritu solidario existe una percepción desconfiada de la calidad de refugiados que podrían llegar a la Argentina (vinculados a Isis o a corrientes extremistas de Medio Oriente).

El presidente de la Confederación de Entidades Argentino Árabes, Adalberto Assad, se expresó en tal sentido, demandando seguridad pública y fronteriza que competen al estado, asistencia internacional de organismos como ACNUR o la Organización Internacional para las  Migraciones en los temas de logística. Por su parte el Estado Argentina ha solicitado asistencia de USA y Europa para lo concerniente a seguridad.

El pueblo argentino es consciente de los riesgos que implica acoger a los refugiados sirios, pero prevalece su vocación solidaria y la expectativa de una respuesta por parte del gobierno que atienda los problemas de inseguridad, desempleo y vivienda digna.




Susana Pesis*
Dra. en Ingeniería de Proyectos
Alfabetización Ambiental
Presidente de Fundación TESA



[1] Informe de ACNUR
[2] Mireille Girard, Representante del ACNUR en Líbano.
[3] Dirección Nacional de Migraciones de la República Argentina
[4] Ley Nacional de Migraciones N* 25.871/2010
[5] Martín Dinatale para La Nación, 16/8/2016

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