Por Susana Pesis
El 14 de diciembre de 1950 se crea el
ACNUR, siglas con que se conoce al Alto Comisionado de las Naciones Unidas para
los Refugiados.
Para principios de 2016, 66 años más
tarde de su creación, la ACNUR
informa que 65,3 millones de personas se encuentran desplazadas de sus lugares
de origen, de los cuales 21,3 millones
son refugiados.
“Tres países expulsan la mitad de la población
refugiada del mundo. Siria, con 4,9 millones de personas; Afganistán, con 2,7
millones y Somalia, con 1,1 millones: en conjunto, más de la mitad de los
refugiados que, a nivel mundial, se encuentran bajo el mandato del ACNUR.”
El
conflicto en Siria ha desplazado de sus hogares a países vecinos a 4.815.868
personas de los cuales 2,1 millones ha sido acogido por Egipto, Irak, Jordania
y Líbano y casi 2 millones han sido denunciados por el gobierno de Turquía[1].
Miles
han perdido la vida en el Mar Mediterráneo intentando llegar a Europa desde
octubre de 2013, año en que se produjo el primer naufragio y perecieron varios
miles de personas. Y este es solo uno de los graves obstáculos, otro no menos
grave es el de los traficantes que engañan a los refugiados prometiéndoles un
traslado digno a cambio de importantes sumas de dinero para posteriormente
abandonarlos a su suerte o secuestrarlos. Algunos consiguen llegar a destino
después de una penosa travesía donde los mas vulnerables perecen y se
encuentran con vallas y protecciones que les impiden el paso. Los menos son
recibidos como refugiados.
Pero
no todos los países que dan acogida a los refugiados se encuentran con las
mínimas condiciones de acogida, aun cuando Naciones Unidas destina generosos aportes y donaciones para
tal fin.
En
el Líbano donde la infraestructura de salud, hospitalaria y centros de prestaciones
es frágil la llegada de los refugiados que representaban un 25% de su población
ha desequilibrado todas las prestaciones.
“Los hospitales y los centros de atención
primaria se han tambaleando bajo el peso de un millón de individuos adicionales
que requieren atención de calidad urgente. Pero una mirada más cercana del
impacto de la crisis de refugiados revela una realidad menos conocida”[2]
En
el marco del MERCOSUR Brasil, Uruguay y Argentina han desarrollado algunos
programas de acogida, solo Brasil dio refugio a 2.000 personas.
Argentina
acordó recibir 3.000 personas para lo cual comenzó a articular políticas
sociales de acogimiento especialmente desarrolladas como la identificación de
familiares y relaciones de las víctimas, para instrumentar un ”llamado”, y que
estas personas puedan rápidamente integrarse en un ámbito desconocido con
diferencias culturales e idiomáticas importantes de las manos de sus relaciones
cercanas.
“Los
beneficiarios del Programa Siria, tal como dicho régimen especial lo prevé,
ingresan al país como residentes temporarios en el marco del artículo 23 inciso
m) de la Ley N
° 25.871, no son refugiados reconocidos en los términos de la Convención de 1951
sobre el Estatuto de los Refugiados o la Ley N ° 26.165. Sin perjuicio de ello, conservan
el derecho a peticionar el reconocimiento de la condición de refugiado en el
país mediante los procedimientos vigentes”. [3]
En
la reglamentación de la ley de Migraciones N* 25.871 decreto 616/2010 en su
inciso (h) se observa
h) Promover la inserción e integración laboral de los
inmigrantes que residan en forma legal para el mejor aprovechamiento de sus
capacidades personales y laborales a fin de contribuir al desarrollo económico
y social de país[4]
Las
políticas de Estado necesarias para la integración laboral de los extranjeros
demandan de un período previo de aprendizaje del idioma, comprensión de las
costumbres locales y los códigos urbanos, sin este requisito previo se hace
imposible instrumentar las herramientas necesarias para la integración laboral,
y más aun cuando la demanda laboral es pobre y la falta de calificación es una
traba influyente.
j) Promover el orden internacional y la justicia, denegando
el ingreso y/o la permanencia en el territorio argentino a personas
involucradas en actos reprimidos penalmente por nuestra legislación
En la Reglamentación del
artículo N* 22 dice que :
El extranjero que solicite su residencia
permanente deberá acreditar:
a) Ser cónyuge, progenitor o hijo
de argentino nativo, naturalizado o
por opción; teniendo en cuenta
principios de unidad, sostén y con el
alcance del derecho de
reunificación familiar establecido en la legislación pertinente y en el
artículo 10 de la presente Reglamentación.
b) Ser cónyuge, progenitor, hijo
soltero menor de DIECIOCHO (18)
años no emancipado o mayor con
capacidad diferente, de un residente permanente, teniendo en cuenta principios
de unidad, sostén y con el alcance del derecho de reunificación familiar
establecido en la legislación pertinente y en el artículo 10 de la presente
Reglamentación.
c) Tener arraigo por haber gozado
de residencia temporaria por DOS (2) años continuos o más, si fuere nacional de
los países del MERCADO COMÚN DEL SUR (MERCOSUR) o Estados Asociados y TRES (3)
años continuos o más, en los demás casos de que se trate.
d) Haberse desempeñado como
funcionario diplomático, consular o
de Organismos Internacionales y
haber permanecido en sus funciones en el territorio argentino por el tiempo
previsto para cada caso en el inciso anterior.
e) Tener la condición de refugiado
y cumplir con alguno de los criterios previstos en los incisos a), b) o c) de
este artículo; y el asilado que, cumpliendo con los mencionados criterios,
obtuviera la autorización de la autoridad competente en la materia.
En agosto de 2016 el presidente de Argentina Ingeniero Mauricio Macri
expreso su voluntad de modificar el Decreto 3915/2014 para involucrar a los
gobernadores de las provincias como entidades involucradas en el mecanismo de
“llamadas”, invitándolos a que presentaran proyectos que incluyan programas de empleo y de
viviendas.[5]
Desde el punto de vista humanitario esta actitud ha despertado apoyo y
simpatía ciudadana, pero más allá de ese espíritu solidario existe una
percepción desconfiada de la calidad de refugiados que podrían llegar a la Argentina (vinculados a
Isis o a corrientes extremistas de Medio Oriente).
El presidente de la
Confederación de Entidades Argentino Árabes, Adalberto Assad,
se expresó en tal sentido, demandando seguridad pública y fronteriza que competen
al estado, asistencia internacional de organismos como ACNUR o la Organización
Internacional para las
Migraciones en los temas de logística. Por su parte el Estado Argentina
ha solicitado asistencia de USA y Europa para lo concerniente a seguridad.
El pueblo argentino es consciente de los
riesgos que implica acoger a los refugiados sirios, pero prevalece su vocación
solidaria y la expectativa de una respuesta por parte del gobierno que atienda
los problemas de inseguridad, desempleo y vivienda digna.
Susana Pesis*
Dra. en Ingeniería de Proyectos
Alfabetización Ambiental
Presidente de Fundación TESA